jueves, 25 de octubre de 2018

Guías de orientación para publicar en el RIA-UTN

 Como parte de la Semana Internacional del Acceso Abierto 2018, la Red de Bibliotecarios Utenianos ha preparado una serie de guías abreviadas que aportan la información principal sobre temas de AA.

Las mismas van de lo general a lo particular: política de AA en la UTN, política de AA en las Facultades y política de AA para autores.




Para mayor información, los invitamos a leer entradas anteriores del blog relacionadas con el AA en nuestra Universidad y a visitar la página de nuestro Repositorio.

A continuación, las guías explicativas de la Resolución 1604 del Consejo Superior:

Orientaciones para una lectura rápida
Ordenanza N° 1604: Política Institucional de Acceso Abierto
De la Universidad Tecnológica Nacional

¿Por qué la Ordenanza?
La Ley Nº 26.899 (2013) obliga a las instituciones públicas a crear sus repositorios
digitales institucionales de acceso abierto y a desarrollar una política institucional de
acceso abierto a su producción científico-tecnológica.

¿Para qué las políticas de acceso abierto?
Asegurar y maximizar la accesibilidad y el uso libre y gratuito, en un marco de respeto
de los derechos de autor, de las obras hechas por autores de la UTN.

¿Cuáles son las obras que tienen que depositarse?
· Trabajos de investigación que hayan sido aceptados para publicación en una revista revisada por pares, inmediatamente después de la aceptación para su publicación;
· Comunicaciones y documentos presentados en congresos de investigación y conferencias, inmediatamente después de la aceptación para estos eventos;
· Tesis, tesinas y trabajos/proyectos finales de grado y tesis y trabajos finales de posgrado, inmediatamente después de la su aprobación y/o defensa;
· Otros documentos (informes técnicos, informes de investigación y documentos de trabajo) que sean resultado de actividades de investigación y desarrollo, y que atraviesen un proceso de evaluación, inmediatamente después de su aprobación;
· Otros tipos de obras que consideren los Equipos Locales.
 


¿Qué acciones tiene que realizar la Universidad? 
Deberá garantizar la sostenibilidad a largo plazo del RIA y de las obras allí contenidas, así como la curaduría de los datos. Deberá adoptar los estándares de interoperabilidad establecidos en la Res 753 – E/2016 del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.
Queda eximida de todo tipo de responsabilidad, civil, administrativa o penal, frente a cualquier reclamo o demanda por parte de terceros. En caso de alguna denuncia fehaciente y fundada, podrá determinar la suspensión temporal del acceso hasta tanto se aclare la situación o se elimine definitivamente el acceso.
Deberá resguardar los datos personales de los autores de las obras.
Deberá implementar medios técnicos para la recolección y publicación de y las acciones de preservación digital sobre los contenidos.
Deberá alojar en servidores o data centers, preferentemente ubicados dentro de Argentina la plataforma de software que lo soporta, la producción científico-tecnológica y metadatos que se alojan y los datos personales que se pudieran administrar.
 

¿Qué acciones tienen que realizar las unidades académicas? 
Deberán comunicar a los estudiantes, al inscribirse en una carrera de grado o de posgrado, la obligación de depositar en el RIA una copia digital de las tesis y trabajos finales de carreras y la firma de la Licencia de Depósito en RIA.
Deberán requerir que en las solicitudes de financiamiento de investigación, se indique en qué momentos del proyecto de investigación se espera generar la producción científico-tecnológica (incluyendo datos primarios) y en qué plazos, se estima que esta quedará disponible en acceso abierto.
Toda vez que sea pertinente, en las evaluaciones que Universidad realice sobre sus investigadores, docentes, becarios, estudiantes de maestría y doctorado, entre otros, se contemplará el cumplimiento de la Ley Nº 26.899 y se incluirá como fuente de información en estas evaluaciones a los documentos, datos, estadísticas e informes del RIA.
Podrán a autorizar a aquellos que quisieran firmar, previamente a la publicación, acuerdos con terceros por los cuales recibirán un estipendio o regalías por la venta de su obra.
 

¿Qué acciones tienen que realizar los autores? 
… pueden publicar donde y cuando quieran, luego de lo cual deberán difundirlas en el Repositorio Institucional Abierto (RIA).
Deberán depositar
las obras en su versión final.
Deberán firmar la Licencia de Depósito en RIA.
Deberán incluir la
filiación institucional.
Deberán incluir en los
informes finales de investigación un detalle de la producción científico-tecnológica generada, indicando cuál ya está disponible en el RIA y el enlace permanente (URL).
Deberán
adjuntar a los informes finales de investigación, una salida de impresión del.
Deberán
solicitar autorización a las autoridades de la Unidad Académica para firmar, previamente a la publicación, acuerdos con terceros por los cuales recibirán un estipendio o regalías.

¿Cuándo deben depositar?
Inmediatamente
Pero... se puede solicitar un periodo de embargo de hasta 6 meses por motivos justificados y 5 años en el caso de los de datos primarios. El embargo se aplica al acceso abierto y NO al depósito.

¿Hay excepciones?
Sí, de acuerdo con la Ley Nº 26.899 y su reglamentación, son:
· Obras protegidas por derechos de propiedad industrial y/o acuerdos previos con terceros:
· Datos primarios o resultados que deban mantenerse en confidencialidad.
· La producción científico-tecnológica que pudiera atentar contra los derechos personalísimos, como ser los derechos al honor, a la intimidad y a la imagen.

¿Qué pasa con las obras publicadas en EdUTecNe?
Las versiones finales de las publicaciones editadas en formato impreso por la Editorial EdUTecNe serán difundidas a través del repositorio una vez pasados los 3 a 5 años, de acuerdo a los contratos llevados a cabo con los autores. Otras versiones de estas publicaciones podrán ser divulgadas en el RIA.

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